Como cada dos años el Consejo Escolar tiene que renovarse. En este boletín tenéis toda la información necesaria.
Desde aquí os animamos a que participéis, bien presentando vuestra candidatura o votando para elegir a vuestros representantes.
Estamos a vuestra disposición para cualquier consulta.
¿Qué es? | ¿Quiénes lo componen? |
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.-Es el órgano colegiado de gobierno del centro educativo. |
.-El director del centro. |
La Junta Electoral (en la que están representados todos los sectores) ha elaborado el siguiente calendario electoral:
Fechas | |
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Del 24 al 30 de octubre |
Exposición del censo de todos los sectores representados en el Consejo Escolar en el tablón de anuncios y plazo para reclamar errores. |
30 de octubre |
Publicación definitiva de los censos electorales. |
Del 28 de octubre al 5 de noviembre |
Presentación de candidaturas. |
11 de noviembre |
Publicación de las listas de candidaturas presentadas. |
14 de noviembre |
Inicio del plazo para votar por correo (o entregar el voto en dirección). |
21 de noviembre |
Votación de representantes de padres y madres. |
- Pueden votar todos los padres y madres (los dos) o tutores legales del alumnado matriculado en este centro.
- Cualquier padre, madre o tutor puede ser candidato. Basta con que presente su candidatura por escrito ante la Junta Electoral (en el colegio os proporcionamos el impreso)
A fin de facilitar en lo posible la participación en estas elecciones del mayor número de padres y madres se han tomado las siguientes medidas:
Tiempo de apertura de la mesa electoral:
Se podrá votar por la mañana (coincidiendo con la apertura del centro para que puedan hacerlo aquellos padres y madres que traen al colegio a sus hijos/as y a la salida) y por la tarde.
Voto por correo:
Es la mejor opción para aquellas familias que no puedan acercarse al centro el día de la votación. A partir del 11 de noviembre en secretaría os proporcionaremos los sobres y papeletas. Además, si lo deseáis, no hace falta que lo mandéis por correo, basta con entregarlo en la dirección del centro.
Cuáles son sus atribuciones:
- Evaluar los proyectos y las normas de funcionamiento del centro.
- Evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente.
- Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados.
- Participar en la selección del director del centro y ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo
- Informar sobre la admisión de alumnos y alumnas.
- Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o tutores legales, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.
- Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres y la prevención de la violencia de género.
- Promover la conservación y renovación de las instalaciones.
- Informar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.
- Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
- Elaborar propuestas e informes sobre el funcionamiento del centro.
- Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.