Su finalidad será la de garantizar la aplicación correcta de lo dispuesto en el Decreto 15/2007 de 17 de mayo por el que se regulan los derechos y deberes de los alumnos y la participación y los compromisos de las familias en el proceso educativo, y se establecen las normas de convivencia y disciplina en los Centros Educativos de Castilla y León. y la Orden edu/1921/2007, de 27 de noviembre, por la que se establecen medidas y actuaciones para la promoción y mejora de la convivencia en los centros educativos de Castilla y León.
Cuenta con la figura de un Coordinador de Convivencia, profesor con destino definitivo en el centro, que, en colaboración con el jefe de estudios, coordina el desarrollo del plan de convivencia del centro y participa en su seguimiento y evaluación. Participa también en la prevención y resolución de conflictos como mediador.
La Comisión de Convivencia informará al Consejo Escolar sobre la aplicación de las normas de convivencia, colaborará con él en la elaboración del informe de la memoria anual y hará las propuestas que considere oportunas para la mejora de la convivencia en el centro.
Sus funciones principales serán: